|
Financiación de la FLC
El artículo 21 de los estatutos establece como recursos de la Fundación los siguientes:
- Las aportaciones de las empresas, ya sean generales y obligatorias para todas las empresas incluidas en el ámbito del Convenio Colectivo, ya sean pactadas entre la Fundación y grupos de empresas. Al día de hoy, las empresas efectúan obligatoriamente las aportaciones económicas a los fondos que con tal carácter se determina en cada Convenio Colectivo de Trabajo para la Construcción y Obras Públicas del Principado de Asturias.
- Las aportaciones de los trabajadores.
- Otras aportaciones voluntarias de empresas o de trabajadores.
- Las donaciones de personas físicas o jurídicas.
- Las subvenciones que pudieran efectuar cualquier Institución
o Administración Pública.
- Los productos o rentas de su propio patrimonio.
- Los resultados obtenidos en el ejercicio de las actividades que constituyen su objeto u fines.
- Los rendimientos derivados de las explotaciones económicas que se realicen en el cumplimiento o desarrollo del objeto y fines de la Fundación.
- Cualquier otro recurso de análoga naturaleza.
|