Enlace al Manual de Cotizaciones (Reglamento)
Cálculo de la Cotización.
Se multiplican los días de alta
en el mes por la cantidad unitaria establecida por día.
Se entiende por días de alta el número de días
de permanencia del trabajador en la empresa, incluyéndose
en estos los días laborables, festivos, de vacaciones
y de baja por accidente o enfermedad.
Liquidaciones Mensuales.
Se efectuarán cumplimentando el modelo FLC1 y se pagarán
dentro del mes siguiente al que corresponda su devengo, mediante
la presentación de dicho modelo en las Entidades Bancarias,
junto con los TC1 y TC2 de la Seguridad Social.
Liquidación fuera de plazo.
Son las cuotas ingresadas con posterioridad al último
día del mes siguiente al que corresponda el devengo
del pago de la cotización. Su abono se efectuará
en el domicilio de la Fundación Laboral de la Construcción
o en la Entidad Bancaria autorizada. En este último
supuesto, el documento FLC1 deberá ser previamente
presentado en la Fundación para su comprobación
y sellado.
Estas cuotas llevarán un recargo del 5% más
el Interés Legal del dinero de la cantidad que resulte
a ingresar, desde el día siguiente al de la finalización
del período voluntario de pago.
Liquidación por notificación
de deuda.
La FLC remitirá semestralmente
una notificación a aquellas empresas que pudieran
tener aportaciones impagadas. Dicha notificación irá
acompañada por el modelo de liquidación FLC-1E.
Su abono se efectuará en el domicilio de la Fundación
Laboral de la Construcción o en la Entidad Bancaria
autorizada.
Estas cuotas llevarán un recargo del
10% más el Interés Legal del dinero de la
cantidad que resulte a ingresar, desde el día siguiente
al de la finalización del periodo voluntario de pago.
Liquidación en recaudación
ejecutiva.
La FLC presentará ante la Unidad de Mediación,
Arbitraje y Conciliación (UMAC) la demanda por las
cuotas impagadas durante el período semestral correspondiente.
Dicha demanda irá acompañada por el modelo
de liquidación FLC-1E. Su abono se efectuará
en el domicilio de la Fundación Laboral de la Construcción
o en la Entidad Bancaria autorizada.
Estas cuotas llevarán un recargo del 20% más
el Interés Legal del dinero de la cantidad que resulte
a ingresar, desde el día siguiente al de la finalización
del período voluntario de pago.
Liquidaciones por atrasos
de Convenios.
Son aquellas liquidaciones de cuotas debidas al retraso
que pudiera tener la negociación, firma y publicación
del Convenio Colectivo de Trabajo para la Construcción
previsto para el año en curso y como consecuencia
de la retroactividad de su aplicación. Se presentará
una liquidación para cada mes, que consistirá
en la diferencia entre los nuevos importes según
el Convenio aprobado y la cantidad ya abonada.
El plazo de pago será hasta el último día
del segundo mes desde la publicación del Convenio
en el BOPA. No será necesario el sellado de dichos
documentos ni llevarán recargo en tanto en cuanto
se ingresen dentro el plazo.
Liquidación y pago de regularizaciones.
Se considerarán regularizaciones de las cotizaciones
a aquellas situaciones especiales o errores que se hayan
producido al efectuar la liquidación de un período
determinado (omisión involuntaria de algún
trabajador o de alguno de los fondos, errores de cálculo,
etc.). Deberá cumplimentarse un FLC1 indicando claramente
el período a que se refiere la liquidación
así como el motivo de la misma. El pago se efectuará
del mismo modo que para los "fuera de plazo".
Casos Especiales.
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Contratos
a Tiempo Parcial: podrá cotizar por el 50% del
importe diario.
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Contratos
asimilados y Contratos de Formación: la cotización
de los trabajadores con contratos asimilados
y contratos de formación se realizará
en un FLC1 independiente con número de Seguridad
Social específico.
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Regulación
de Empleo: podrá cotizar por el 50% del importe
diario, previa autorización de la FLC.
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Pluriempleo: la
cuota a la FLC podrá repartirse entre las empresas
en las que preste servicios el trabajador, pero
nunca será inferior al 50% de la cuota diaria.
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Situaciones de
I.T.: no suponen variación alguna en la cotización
mensual del trabajador.
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